SERVICIO DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE DELITOS PARA EMPRESAS
Nuestro despacho lleva tiempo prestando un servicio especializado de diseño de Programas de Prevención de Delitos para evitar la responsabilidad penal de la empresa y la imposición de sanciones.
Como ya hemos comentado en varias ocasiones, las empresas podrán ser declaradas penalmente responsables por delitos cometidos por sus administradores, directivos y trabajadores, en el ámbito de su actividad.
Los delitos más habituales que pueden dar lugar a la responsabilidad penal de la empresa son:
- Estafas y fraudes
- Insolvencias punibles
- Delitos contra la propiedad industrial e intelectual
- Daños informáticos
- Delitos contra la Hacienda Pública y Seguridad Social
- Blanqueo de capitales
- Falsedad en medios de pago
- Tráfico de influencias
- Delitos contra el medioambiente
- Delitos de riesgos provocados por explosivos
- Delito de construcción, edificación o urbanización ilegal
En función de la gravedad del delito las sanciones van desde multas y pérdidas de subvenciones y ayudas públicas, hasta suspensión temporal de actividades, clausulara de locales y, en casos extremos, disolución, liquidación y cierre de la empresa.
Para protegerse ante estas situaciones, la Ley prevé que la empresa pueda quedar exonerada de responsabilidad si, previamente a la comisión del delito, ha desarrollado e implantado eficazmente un programa de prevención de delitos.
La supervisión del modelo implantado corresponde a un órgano autónomo de la empresa con poderes de control o, en empresas de pequeñas dimensiones (aquellas autorizadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada) estas funciones de supervisión podrán ser asumidas por el órgano de administración.
Los objetivos de este servicio son los siguientes:
1. Prevenir la comisión de delitos en la empresa.
2. Evitar la responsabilidad penal de la empresa por delitos cometidos por sus representantes legales, directivos o trabajadores.
3. Sensibilizar y formar en riesgos penales a los directivos y trabajadores de la empresa contribuyendo a prevenir la comisión de delitos.
4. Favorecer y promocionar prácticas lícitas, transparentes y éticas favoreciendo la imagen externa de la empresa.
La elaboración del programa de prevención de delitos debe partir de un adecuado análisis previo y un correcto asesoramiento jurídico para su desarrollo y posterior implantación, que se llevará a cabo en diferentes fases. Es imprescindible la máxima colaboración e implicación de la dirección de la empresa.