LOS BANCOS ESTÁN OBLIGADOS A DEVOLVER LA COMISIÓN DE APERTURA
En muchos préstamos hipotecarios era habitual una comisión de apertura a cargo del cliente entre el 0,25% y el 2% del importe del préstamo, que se cargaba en su cuenta nada más firmar la operación.
Durante años nadie dudó de la validez de la comisión de apertura hasta que comenzaron a dictarse las primeras sentencias que la anularon por abusiva.
A día de hoy, la práctica unanimidad de las sentencias que se están dictando en relación a esta cuestión la declaran nula, ya que el banco no realizó ningún tipo de trabajo para su devengo (estudio de documentación, valoración de solvencia de los clientes, gestiones previas a la apertura de la cuenta de préstamo, etc.), por lo que no se justifica su obligación de pago por la simple apertura de la cuenta.
Estas sentencias declaran nula la comisión de apertura por abusiva, condenando al banco a devolver la cantidad cobrada al cliente, en algunos casos de cuantías importantes.
Revisa tu escritura de préstamo hipotecario. En el apartado dedicado a las comisiones, es donde se recoge la existencia de la comisión de apertura, que puede consistir en una cantidad fija o bien en un porcentaje del importe del préstamo. Además, si revisas el extracto de movimientos de la cuenta, verás que a la firma del préstamo el banco te cargó ese importe en tu cuenta.
Si es así, puedes reclamar dicho importe, tanto si tu hipoteca continua activa como si ya ha sido cancelada.