EL TSJ DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ANULA EL MÉTODO DE VALORACIÓN DE LOS INMUEBLES
La reciente Sentencia dictada por el TSJ de la Comunidad Valenciana vuelve a dar un duro golpe a la AEAT en relación a las comprobaciones y liquidaciones realizadas desde 2013 que serán recurribles y en su caso, serán anuladas.
Desde que se produce una transmisión patrimonial de un inmueble el contribuyente está obligado al pago de correspondiente impuesto según el precio o valor indicado en la escritura. La Agencia Tributaria podía, en el plazo de cuatro años, revisar el valor del inmueble, corregirlo y en su caso complementar y aumentar el importe del impuesto pagado con tasas y recargos, es decir, el contribuyente debía pagar más impuestos.
Para la corrección en valoración del bien, la AEAT, usaba unos coeficientes multiplicadores que el TSJ ha considerado “contrarios a derecho”, pues la valoración del bien debe hacerse de forma individualizada teniendo en cuenta el estado de conservación, antigüedad, etc.
Numerosos contribuyentes se han visto afectados por las comprobaciones de la AEAT y ahora, esta nueva Sentencia permitirá al contribuyente recurrir las liquidaciones complementarias y evitar su pago.
Si ha recibido una propuesta de liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, LLÁMENOS e INFÓRMESE.