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Ausencias justificadas al trabajo ante la catástrofe de la DANA

Ausencias justificadas al trabajo ante la catástrofe de la DANA

Ante la reciente catástrofe de la DANA, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha implementado una serie de medidas extraordinarias para proteger los derechos de los trabajadores afectados. Esta situación ha suscitado múltiples dudas sobre cuáles son las ausencias laborales justificadas y qué derechos tienen los empleados en este contexto de emergencia.

Medidas extraordinarias para trabajadores afectados

Los trabajadores no están obligados a acudir a sus puestos de trabajo si su seguridad está en peligro. Además, se debe priorizar el teletrabajo siempre que sea posible. En caso de que se den ciertas condiciones específicas, los empleados podrán no acudir al trabajo. Estas condiciones incluyen:

  1. Riesgo de desplazamiento: Si desplazarse al lugar de trabajo representa un peligro para la seguridad y salud del trabajador o interfiere con las labores de rescate, y el teletrabajo no es una opción.

  2. Atención a familiares: Si el trabajador necesita atender a familiares desaparecidos o debe hacerse cargo del fallecimiento de algún familiar debido a la DANA.

  3. Pérdida de vivienda o enseres: Aquellos casos en los que la vivienda o las pertenencias básicas han sido destruidas, lo que impide acudir al trabajo.

  4. Cierre de centros educativos y servicios públicos: Si el cierre de colegios y otros servicios públicos requiere que los trabajadores cuiden a familiares dependientes.

Derechos laborales garantizados

El departamento especializado en empleo de la Cruz Roja, junto con el Ministerio de Trabajo, ha recordado que cualquier medida o acción que intente sancionar o tomar represalias contra los trabajadores que ejerzan su derecho a ausentarse será considerada nula. Además, se prohíbe el despido de aquellos que no hayan acudido al trabajo por las situaciones mencionadas anteriormente.

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