Incapacitación judicial: nueva normativa y proceso en España
Incapacitación judicial: nueva normativa y proceso en España
La nueva normativa de incapacitación judicial en España, vigente desde septiembre de 2021, ha introducido cambios significativos en el proceso. Ahora se priorizan medidas de apoyo para que las personas con discapacidad puedan ejercer su capacidad jurídica plenamente, promoviendo su autonomía. En el Juzgado de Primera Instancia correspondiente se presenta la solicitud con la documentación requerida, siguiendo un plazo para aportar pruebas y posibles requerimientos judiciales. Las figuras habilitadas para solicitar estas medidas incluyen cónyuges, ascendientes, descendientes, hermanos, el afectado y el Ministerio Fiscal.
Normativa legal de la incapacitación judicial
La normativa legal actual sobre la incapacitación judicial ha experimentado cambios significativos tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021. Estos cambios tienen como objetivo principal la promoción de la autonomía y la toma de decisiones voluntaria de las personas con discapacidad.
Cambios tras la entrada en vigor de la Ley 8/2021
Con la implementación de la Ley 8/2021, se eliminó la figura de la incapacitación judicial en el sistema legal español. En su lugar, se establecen medidas de apoyo para garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer su capacidad jurídica de forma plena, manteniendo sus derechos y obligaciones en igualdad de condiciones con el resto de la población.
Medidas de apoyo para personas con discapacidad
Las medidas de apoyo previstas por la nueva normativa incluyen el apoyo familiar, la asistencia de abogados, notarios, asociaciones y otras entidades especializadas en la atención de personas con discapacidad. Se prioriza la voluntad y desarrollo de la persona con discapacidad, fomentando su autonomía y reduciendo progresivamente la necesidad de asistencia externa.
Proceso de solicitud de medidas de apoyo
Al solicitar medidas de apoyo en el contexto de la nueva normativa de incapacitación judicial en España, se deben seguir una serie de pasos establecidos. A continuación detallamos el proceso a seguir:
Solicitud en el Juzgado de Primera Instancia
El primer paso es presentar la solicitud correspondiente en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente al lugar de residencia de la persona con discapacidad. Allí se dará inicio al procedimiento para determinar las medidas de apoyo necesarias.
Presentación de documentación
Es fundamental acompañar la solicitud con la documentación necesaria que justifique la petición de medidas de apoyo. Esta documentación puede incluir informes médicos, psicológicos o sociales que respalden la necesidad de dichas medidas.
Plazo para presentar pruebas
Una vez presentada la solicitud y la documentación pertinente, se establecerá un plazo para la presentación de pruebas adicionales que sustenten la necesidad de las medidas de apoyo solicitadas. Es importante cumplir con los plazos establecidos por la autoridad judicial.
Requerimientos judiciales
La autoridad judicial encargada del caso puede requerir información adicional, como registros médicos, informes de entidades especializadas en asistencia a personas con discapacidad, u otra documentación relevante para evaluar la solicitud de medidas de apoyo.
Figuras que pueden solicitar medidas de apoyo
En el proceso de solicitud de medidas de apoyo para personas con discapacidad, diversas figuras pueden intervenir de acuerdo a su relación con el afectado. A continuación, se detallan las figuras autorizadas para solicitar estas medidas:
Cónyuges, ascendientes y descendientes
Los cónyuges que se encuentren en unión matrimonial vigente.
Los ascendientes, es decir, padres y abuelos.
Los descendientes, que incluyen hijos y nietos.
Hermanos y el afectado
Los hermanos del afectado también tienen la facultad de solicitar medidas de apoyo en beneficio de la persona con discapacidad.
El propio afectado, en caso de tener capacidad para expresar su voluntad, puede participar en el proceso de solicitud de medidas de apoyo.
Intervención del Ministerio Fiscal
En ausencia de los familiares mencionados anteriormente o cuando estos no actúan en favor de la persona con discapacidad, el Ministerio Fiscal puede intervenir y solicitar las medidas de apoyo necesarias para proteger los derechos e intereses del afectado.