¿Cómo se regulan los alquileres vacacionales? Diferencias entre alquiler turístico y alquiler por temporada
Seguro que ya estás trabajando con la vista puesta en tus vacaciones. ¿Vas a alquilar un apartamento en la playa durante un par de meses? ¿Cogerás una oferta en plataformas tipo Airbnb o Booking de una semana en una casa rural? ¿O en cambio eres tú el que quiere arrendar su apartamento en verano? Pues bien, lo primero que debes saber es que existen dos tipos de alquileres, que se regulan de forma distinta. En este artículo, te contamos las diferencias entre ellos.
ALQUILERES POR TEMPORADA
Lo más importante en este tipo de alquileres es el motivo por el que se realiza el alquiler y que dicha circunstancia sea temporal. Por ello, este tipo de alquileres se pueden hacer no solo para ocio y vacaciones, sino por alguna causa real que sea justificable y demostrable. Algunos ejemplos serían:
-Alojamiento temporal durante las vacaciones. Podría ser el caso de quien alquila un apartamento en la playa durante dos meses, como comentábamos al principio.
-Alojamiento temporal por trabajo, que suponga un desplazamiento de un tiempo a otro pueblo o ciudad, y la persona necesite buscarse una estancia allí.
-Alojamiento temporal por obras y reformas, si tienen que buscarse otra vivienda porque la suya principal no es habitable durante las obras.
Este tipo de alquileres se encuentra regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), más concretamente en el artículo 3.2. Al respecto, estos contratos de alquiler no tienen una duración máxima, ni mínima establecida. La duración será la pactada por ambas partes pudiendo ser de unos días, de un año, o incluso, de varios años, siempre y cuando haya una causa temporal justificada.
ALQUILERES TURÍSTICOS
Este tipo de alquileres suele hacerse en Viviendas de Uso Turístico (VUT) que son inmuebles de una persona particular que lo alquila por periodos de tiempo intermitentes, de forma no profesional. Esta opción sería el caso, como hablábamos a comienzo del texto, de quién alquila un apartamento por días en Airbnb o Booking.
La Ley de Arrendamientos Urbanos excluye este tipo de viviendas y su alquiler de su normativa, indicando que este tipo de arrendamientos deben regularse por la normativa sectorial de turismo. En el caso de la Comunidad Valenciana las leyes son:
-LEY 3/1988, 21 de mayo, de Turismo de la Comunitat Valenciana.
-Decreto 92/2009, de 3 de julio, del Consell
Estas normativas establecen una serie de requisitos básicos para que pueda considerarse vivienda turística:
-Tiene que estar amueblada y equipada en condiciones de inmediata disponibilidad.
-Tiene que ser comercializada o promocionada con finalidad lucrativa, o lo que es lo mismo, cederse mediante precio.
-Tiene que ser comercializada o promocionada con habitualidad.
-Tiene que cederse con fines turísticos vacacionales y de ocio. (A diferencia de los alquileres por temporada).
Asimismo, también se excluyen de consideración de vivienda turística, los alojamientos alquilados por temporada.
Al regularse los alquileres turísticos por normativas autonómicas, cada comunidad o región establece sus criterios, pudiendo ser muy distintos entre varias de ellas.
Ahora ya sabes la diferencia entre ambos tipos de alquileres vacacionales. ¿Has hecho algún contrato de este tipo? Si necesitas que te prestemos asesoramiento, no dudes en contactarnos a través de nuestros canales habituales de comunicación.