¿Qué debes tener en cuenta antes de firmar un contrato de alquiler?
- Inmobiliaria
En muchas ocasiones, la oferta de la vivienda se realiza por una inmobiliaria. Ten en cuenta que si es así, sus honorarios los pagará el inquilino. Normalmente, el precio de la inmobiliaria equivale a un mes de renta.
- Quién es el casero.
Aunque la oferta se realice a través de la inmobiliaria, de una empresa o de otro particular, es importante tener en cuenta quién es en realidad el propietario de la vivienda y quién firma el contrato como arrendador. Esto es de vital importancia para llevar a cabo cualquier reclamación al casero.
- Qué documentación me pueden pedir.
Es normal que el arrendador quiera asegurarse de la solvencia del inquilino. Para ello, podrá solicitar que le entregue las últimas nóminas, una copia del contrato de trabajo, e incluso la vida laboral o una copia de la declaración de la renta.
- La fianza.
El pago en concepto de fianza puede ser el equivalente a una o dos mensualidades de renta, según el caso. La fianza deberá entregarse en metálico a la firma del contrato, y el arrendador estará obligado a devolverla íntegra a la finalización del alquiler.
- Duración y renta.
La duración del contrato será siempre la que pacten las partes, y se deberá atender a la duración mínima que recoge el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. La renta también serán la que pacten las partes, y solo podrá actualizarse anualmente si se ha acordado en el contrato.
- Mascotas y modificaciones en la vivienda.
El arrendador podrá impedir que el inquilino tenga mascotas y que realice cualquier modificación en la vivienda como agujerear paredes o pintar, siempre que estas prohibiciones se incluyan en el contrato. El arrendador está obligado a realizar a su costa las obras de mejora necesarias para mantener la vivienda en buen estado.