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RECUPERA LO QUE PAGASTE POR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

RECUPERA LO QUE PAGASTE POR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional abre la puerta a que todos aquellos que transmitieron, donaron o heredaron una vivienda por menos precio del que se pagó por ella, puedan reclamar lo que  abonaron por la plusvalía municipal.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) conocido como plusvalía municipal, es el tributo recaudado por los Ayuntamientos que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos urbanos en el momento de su transmisión.

La forma de calcular este impuesto ha sido siempre muy cuestionada, ya que el resultado a pagar no es un porcentaje sobre la ganancia o pérdida obtenida con la transmisión, sino sobre el valor catastral del inmueble, teniendo además en cuenta el número de años que ha estado el bien en el patrimonio del transmitente. Por tanto, si se vendía varios años después de haber comprado, siempre salía a pagar, independientemente de que el contribuyente hubiera obtenido una pérdida en la transmisión.

Ahora, la sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de febrero de 2017 anula la plusvalía municipal cobrada en Guipúzcoa por la venta de un inmueble que había perdido valor respecto al momento de la compra, declarando así inconstitucionales algunos artículos de la normativa foral, lo que puede extrapolarse al resto de España.

Según la sentencia, los contribuyentes no tienen por qué pagar un impuesto que grava el incremento de valor que han experimentado los terrenos urbanos cuando no ha existido ningún incremento y se han visto obligados a transmitir en pérdidas. Por eso, quiénes hayan transmitido mediante compraventa, donación o herencia en los últimos cuatro años un inmueble por menos valor del que pagaron, podrán reclamar el impuesto.

Para realizar la reclamación, una vez pagado el impuesto, se debe presentar un escrito al Ayuntamiento solicitando la rectificación y devolución de su importe. Lo habitual es recibir una respuesta negativa contra la que habrá de interponerse recurso administrativo y, si nuevamente es rechazado, entonces habrá de acudirse a la vía judicial.

Si abonaste el impuesto de plusvalía municipal y quieres recuperar lo que pagaste, puedes ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso y te informaremos de qué puedes hacer. 

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