Consecuencias de la futura fusión entre Bankia y CaixaBank
Tras conocerse la noticia de la futura fusión entre Bankia y CaixaBank muchos clientes de estas entidades se preguntan qué pasará con sus cuentas de ahorro o si se modificarán las condiciones de sus hipotecas, entre otras cuestiones. En este artículo trataremos de analizar las consecuencias que podría conllevar esta operación.
Por una parte, cabe destacar que CaixaBank es uno de los bancos españoles más expuestos por IRPH, asimismo, Bankia también se encuentra bastante expuesto en consecuencia de la integración de varias Cajas de Ahorros que tenían tal índice como referencia principal en sus préstamos. Por tanto, es probable que gran parte del valor de la fusión dependa de la Sentencia del Tribunal Supremo del 30 de septiembre.
Por otra parte, CaixaBank es, junto con Bankinter, la entidad más expuesta (y condenada) por la colocación de hipotecas multidivisa, como consecuencia de su anterior adquisición a Barclays del negocio bancario.
Aparte del IRPH, los gastos de hipotecas, cláusulas suelo o tarjetas revolving también enfrentan a consumidores y bancos en los tribunales. Al respecto, en 2018, precisamente CaixaBank y Bankia fueron los bancos más reclamados por cláusulas abusivas de las hipotecas, únicamente superados aquel año por BBVA.
Para tranquilidad de los consumidores todo lo mencionado con anterioridad, está firmado en el contrato de préstamo hipotecario, por lo que no puede modificarse de forma unilateral por parte de la entidad financiera, por lo que, llegado el momento de unificación de ambas entidades, los consumidores con hipoteca en uno de estos bancos no podrán sufrir la modificación de sus condiciones. Para llevar a cabo cualquier modificación de las condiciones firmadas en la hipoteca deberá realizarse una novación en la que estén de acuerdo ambas partes, es decir, banco y cliente.
No obstante, aquello que no esté especificado en el contrato de préstamo hipotecario firmado ante notario como podrían ser las bonificaciones, podría modificarse comunicándolo previamente.
Lo mismo ocurre con los fondos de inversión y depósitos contratados en ambas entidades que deberán mantener las condiciones firmadas. Sin embargo, sí que habrá que prestar atención a los fondos y depósitos propios, pues en ellos sí que podría producirse un cambio de denominación o de calificación que podría significar riesgo de pérdida de capital o diferente rentabilidad, que deberá ser igualmente informada al cliente para que cancele o acepte dichos cambios.
Del mismo modo, sucede con las nuevas acciones, derivadas de la fusión de los dos bancos, habrá de comunicarle el valor en bolsa al cliente para que decida qué hacer con ellas.