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Justicia condena al Santander a devolver 200.000 euros a una clienta que invirtió en la entidad por el folleto de ampliación de capital

Justicia condena al Santander a devolver 200.000 euros a una clienta que invirtió en la entidad por el folleto de ampliación de capital

Tras analizar el folleto de ampliación de capital del Banco Popular y las explicaciones del Santander, entidad bancaria que absorbió el Popular, Justicia condena a la entidad a costas y a devolver a una clienta sus 200.608,25 euros invertidos más los intereses legales. 

El Banco Santander afirma que el folleto de ampliación del capital del Banco Popular contenía información “completa y veraz”, y que fue supervisado por CNMV y el Banco de España y auditado por Deloitte. Dicho folleto afirmaba buscar fortalecer el balance y mejorar los índices de rentabilidad, solvencia y calidad de activos. El objetivo del mismo era acelerar el regreso al dividendo en el 2017 para entregar el 40% del beneficio del 2018 a los accionistas. Asimismo, la ampliación pretendía tener un mayor margen de maniobra para adaptarse a requerimientos futuros.

La realidad era que de 35 millones de pérdidas en el segundo y tercer trimestre de 2016 se pasa a más de 12.000 millones en 2017, arrastrando una situación de insolvencia no reflejada en los estados financieros.  Y es que, según la sentencia, en 2016 se insistía aún en la alta rentabilidad del negocio, la reducción de activos y la elevada solvencia y liquidez. No obstante, en el cuarto trimestre la entidad se vio obligada a reexpresar sus cuentas ante las pérdidas. Por tanto, la sentencia explica que: "La imagen de solvencia que transmitía en la ampliación de capital no se correspondía a la realidad económica, patrimonial, financiera y contable” y concluye que la falsedad del folleto de ampliación de capital es un "hecho notorio" de notoriedad "absoluta y general".

En cuanto a la supervisión del capital por CNMV, la sentencia señala que la CNMV controló la entrega de la información de forma clara, pero que esto no es un indicador de que  “la información fuera veraz, correcta o real”.  

El Santander también ha indicado que las acciones no son un producto financiero complejo y que la clienta como experta tenía la capacidad de comprender la implicación de las mismas. Además, alega que no asesoraron financieramente a la clienta. Sin embargo, se indica que para que hubiera un asesoramiento financiero no hacia falta un contrato, sino que bastaba con las recomendaciones del banco que sí que se produjeron.  

Por todos estos motivos, Justicia ha decidido volver a condenar a la entidad a costas y a devolver lo 200.608,25€ invertidos más los intereses legales a la clienta. Este es un caso más donde el juez da la razón a los afectados por acciones del Banco Popular, si te encuentras en una situación similar, y necesitas interponer una demanda contra la entidad, no dudes en  solicitarnos asesoramiento a través de nuestros diferentes canales de comunicación.  

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