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La ley de la segunda oportunidad y la exoneración de deudas

La ley de la segunda oportunidad y la exoneración de deudas

Hay muchas personas que todavía desconocen la Ley de la Segunda Oportunidad que permite la exoneración completa de  las deudas, para sanear la economía, y comenzar desde cero. En este artículo te contamos en qué casos y cómo puede aplicarse la normativa. ¡Continúa leyendo!

 En primer lugar, debes saber que esta normativa se regula en el Real Decreto Ley 1/2015 y la Ley Consursal, modificada por la Ley 16/2022. 

¿Quién puede solicitarlo?

Según la legislación vigente, en un primer momento este mecanismo lo puede solicitar el deudor persona física, sin discriminar entre empresario o no empresario.  

CÓMO PUEDE SOLICITARSE

La exoneración del pasivo insatisfecho o la liberación de las deudas se logra a través de un procedimiento judicial conocido. Gracias a este mecanismo, el deudor puede proteger su vivienda y activos empresariales ralizando un plan de pagos de 3 a 5 años para hacer frente a sus deudas. 

REQUISITOS

- Que el deudor sea declarado insolvente y lo demuestre.

- Que el deudor haya actuado de buena fe anteriormente. Esto se refiere a que no ha sido considerado culpable en el procedimiento concursal, no ha sido condenado culpable en delitos económicos, patrimoniales o concurso de un tercero.

Este mecanismo ha permitido en los últimos años comenzar de cero tanto a multitud de empresarios y autónomos como a personas que no podían hacer frente a gastos como sus hipotecas. Por ello, si te encuentras en esta situación, no dudes en contactarnos, te ofreceremos un asesoramiento jurídico completo. 

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